El finiquito debe abonarse siempre que termina una relación laboral. Hay quien piensa que la empresa solo lo paga cuando despide a la persona trabajadora, pero en este caso se está confundiendo el finiquito con la indemnización por despido.

Probablemente esta confusión se deba a que no todo el mundo conoce los conceptos que se incluyen en la liquidación. Así que vamos a explicar cómo calcular el finiquito y cómo reclamarlo cuando la empresa no lo paga, sea total o parcialmente.

¿Qué es el finiquito?

El finiquito no es más que un documento de liquidación de cantidades laborales. Se debe elaborar al finalizar la relación laboral para dejar las cuentas saldadas.

Si la empresa le debe dinero a la persona trabajadora el finiquito será positivo y, por tanto, deberá ingresarle la cantidad resultante de la liquidación. En caso contrario estaremos ante un finiquito negativo. Es decir, puede ocurrir que sea la persona trabajadora quien deba pagar a la empresa al finalizar su contrato.

Conviene diferenciar el finiquito, como documento de liquidación, de la indemnización por despido, que no es más que una partida de aquel. Por tanto, el primer paso para saber si hemos cobrado lo que debíamos es calcular las cuantías debidas.

¿Qué incluye el documento de liquidación?

El finiquito incluye todas las deudas y créditos por razones laborales existentes entre la empresa y la persona trabajadora cuya relación laboral se extingue. Así, no se trata únicamente de cuantías salariales, sino de toda aquella suma relacionada con la relación laboral.

Por ejemplo, el finiquito reconocerá las siguientes deudas de la empresa a favor de la persona trabajadora:

  • Salarios por los días trabajados entre la última nómina y la fecha de extinción de la relación laboral.
  • Vacaciones debidas, en su caso.
  • Indemnización por despido o por fin de contrato si esta es la causa de la extinción de la relación laboral. En el caso de tratarse de un despido, la persona trabajadora siempre tendrá la opción de impugnarlo para solicitar su improcedencia o anulación.
  • Horas extras debidas, pluses, comisiones, parte proporcional de las pagas extraordinarias y demás compensaciones o retribuciones complementarias. Se trata de todas aquellas cuantías que no computen intrínsecamente dentro del salario (por ejemplo, las de devengo variable).

A su vez, el finiquito puede reconocer ciertos créditos de la empresa al trabajador. Por ejemplo:

  • Anticipos de nómina, préstamos y otras ventajas económicas condicionadas a un servicio que ya no se va a prestar.
  • Indemnización por no cumplir el preaviso cuando la persona trabajadora abandone unilateralmente su puesto de trabajo. En estos casos se debería dar un preaviso (generalmente de 15 días), y por cada día que reste del preaviso la empresa podrá descontar un día de salario del finiquito.
  • Indemnizaciones por equipos o materiales de trabajo no devueltos o deteriorados.

¿Cómo se calcula la liquidación total?

El único modo de calcular el finiquito con precisión es solicitando ayuda a un abogado laboralista. Pero, a grandes rasgos, la operación consiste en restar a la suma del activo (deudas de la empresa a la persona trabajadora) la suma del pasivo (deudas de la persona trabajadora a la empresa).

Generalmente el finiquito será positivo. Es decir, la empresa deberá pagar a la persona que abandona su puesto de trabajo. Sin embargo, puede ser negativo cuando la empresa ha realizado un préstamo, anticipado nóminas o vacaciones o la persona trabajadora no ha respetado el preaviso.

Se recomienda que cuando la persona trabajadora recibe el finiquito sin estar de acuerdo con su cuantía, lo firme como “no conforme”. Para ello basta con escribir la rúbrica bajo la firma.

Sin embargo, lo cierto es que un finiquito mal liquidado puede impugnarse siempre que se esté dentro de plazo. Como ocurre con la carta de despido, su firma indica su recepción por la persona trabajadora, y no necesariamente su adecuación con la normativa en vigor.

¿Cuándo me tienen que pagar el finiquito?

No existe una regulación estricta sobre el abono del finiquito, pero lo normal es pagarlo con la misma regularidad y por la misma vía que el salario. En el caso de los despidos objetivos, el artículo 53 del Estatuto de los Trabajadores indica que la empresa debe poner a disposición la indemnización en el momento de comunicar el despido.

Tengamos en cuenta que el finiquito, como documento de liquidación, debe ser entregado junto a la carta de despido. Por lo tanto, la clave está en el momento en que realmente se produzca el ingreso.

Las empresas tienden a pagarlo en el momento de entregar la carta de despido, cuando tenga efectos la baja voluntaria o, como hemos indicado, en el momento habitual de pago de la nómina. Si la empresa no paga el finiquito habrá que iniciar la correspondiente reclamación, para la que será más que recomendable la asistencia de un laboralista.

¿Qué puedo hacer si no me pagan el finiquito?

Cuando la empresa no paga el finiquito conviene contactar lo antes posible con un abogado laboralista. De esta forma evitaremos que transcurran los breves plazos de prescripción del ordenamiento laboral. Si transcurriera el plazo de reclamación no podríamos exigir el pago del finiquito, así que habríamos perdido todas las cantidades laborales en él consignadas.

Generalmente, nuestro laboralista se pondrá en contacto con la empresa para requerir el pago. En la mayoría de las ocasiones, este requerimiento bastará para que cobremos el finiquito.

Si la empresa no atiende al requerimiento se podrá presentar una papeleta de conciliación frente al SMAC. Este trámite abre un plazo de 30 días para que se celebre una conciliación, donde podremos negociar con la empresa.

Si, de nuevo, se opone al pago del finiquito, podremos presentar demanda. Dependiendo de la cantidad que nos deban acudiremos al proceso monitorio (menos de 6.000 euros) o al ordinario. Ambos están regulados en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Recordemos que las cuantías salariales están especialmente garantizadas, y en el caso de que la empresa sea insolvente el FOGASA podrá cubrir total o parcialmente nuestros salarios pendientes de pago e indemnizaciones.

El proceso de reclamación va a depender, por tanto, de factores como la cuantía debida, la voluntad de colaboración de la empresa o su solvencia. Por eso, si no te pagan el finiquito deberías buscar asistencia letrada. Ponte en contacto con nosotros y te ayudaremos a recuperar tu dinero.